Articulo 87 Procesal militar

Articulo 87 Procesal militar

Ver Indice
»

Artículo 87.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sólo podrá condenarse o absolverse en el fallo a quienes hubieran sido acusados y únicamente por los hechos que hubieran sido objeto de acusación en el procedimiento.