Articulo 88 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
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»Artículo 88. Gastos subvencionables.
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Se considera gasto subvencionable el derivado del reconocimiento efectuado por la empresa adjudicataria o por el profesional médico asignado.
