Articulo 88 Reglamento General de Contratación Pública
Artículo 88. El Pleno. Composición y funciones
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1. El Pleno estará constituido por los siguientes miembros:
a) Presidente: El Director General de Patrimonio
b) Vocales:
Los Secretarios Generales Técnicos de las Consejerías de la Comunidad.
El Director General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.
Los Gerentes de los Organismos Autónomos Servicio Regional de Bienestar Social, Instituto Madrileño del Menor y la Familia e Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM).
Los Directores Generales de los Entes de Derecho público Servicio Madrileño de Salud e Instituto Madrileño de Salud.
El Jefe del Servicio de Coordinación de la Contratación Administrativa.
c) Secretario: un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Coordinación de la Contratación Administrativa nombrado por el Presidente.
2. Los vocales del Pleno podrán delegar su asistencia o designar de forma permanente su participación en el mismo en funcionarios con nivel de Jefe de Servicio o personal laboral de nivel equivalente.
3. Son funciones del Pleno las señaladas en los apartados a), b) y c) del artículo 85.
