Articulo 88 Reglamento Ge...ón Pública

Articulo 88 Reglamento General de Contratación Pública

Ver Indice
»

Artículo 88. El Pleno. Composición y funciones

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Pleno estará constituido por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Director General de Patrimonio

b) Vocales:

Los Secretarios Generales Técnicos de las Consejerías de la Comunidad.

El Director General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

Los Gerentes de los Organismos Autónomos Servicio Regional de Bienestar Social, Instituto Madrileño del Menor y la Familia e Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM).

Los Directores Generales de los Entes de Derecho público Servicio Madrileño de Salud e Instituto Madrileño de Salud.

El Jefe del Servicio de Coordinación de la Contratación Administrativa.

c) Secretario: un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Coordinación de la Contratación Administrativa nombrado por el Presidente.

2. Los vocales del Pleno podrán delegar su asistencia o designar de forma permanente su participación en el mismo en funcionarios con nivel de Jefe de Servicio o personal laboral de nivel equivalente.

3. Son funciones del Pleno las señaladas en los apartados a), b) y c) del artículo 85.