Articulo 88 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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Artículo 88. Ingresos a cuenta sobre premios.

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La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por los premios satisfechos en especie, que constituyan incrementos patrimoniales, se calculará aplicando el porcentaje que resulte de lo dispuesto en el artículo 82 de este Reglamento al resultado de incrementar en un 20 por 100 el valor de adquisición o coste para el pagador.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-08-1999 en vigor desde 07-08-1999