Artículo 88 Reglamento In...to Europeo

Artículo 88 Reglamento Interno del Parlamento Europeo

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Artículo 88. Retirada de la Unión

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Si un Estado miembro decide, de conformidad con el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, retirarse de la Unión, el asunto se remitirá a la comisión competente. Se aplicará, mutatis mutandis, el artículo 87 del presente Reglamento interno. El Parlamento decidirá si concede su aprobación a un acuerdo de retirada por mayoría de los votos emitidos.