Articulo 88 Síndic de Gre...e Cataluña

Articulo 88 Síndic de Greuges de Cataluña

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Artículo 88. Régimen retributivo

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Las retribuciones del síndic o síndica de greuges y del personal al servicio de la institución se establecen en el presupuesto del Síndic de Greuges.