Articulo 89 Aguas de La Mancha

Articulo 89 Aguas de La Mancha

Ver Indice
»

Artículo 89. Hecho imponible.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El hecho imponible del canon de aducción es la prestación por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha del servicio de abastecimiento en alta de agua. El servicio de abastecimiento en alta de agua podrá ser de agua tratada o de agua bruta.