Articulo 89 Arancel de de...tribunales

Articulo 89 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales

Ver Indice
»

Artículo 89. Recepción de notificaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El procurador que por excepción sea designado a los solos efectos de recibir notificaciones, percibirá la totalidad de los derechos del pleito o del período en que sea designado aun cuando no se hubiera personado en él.