Articulo 89 beneficiarios beneficiarios Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears
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»Artículo 89 Beneficiarios.
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Pueden ser beneficiarios los promotores públicos y privados de viviendas protegidas en régimen especial que lleven a cabo obras en los edificios y las viviendas que supongan una mejora del ahorro energético e hídrico.
