Articulo 89 General de Hacienda Publica

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Artículo 89. Compromiso del gasto.

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1. El compromiso es el acto mediante el cual se acuerda con un tercero, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable.

2. El compromiso es un acto con relevancia jurídica para con terceros, vinculando a la Hacienda Pública Autonómica a la realización del gasto a que se refiera en la cuantía y condiciones establecidas.