Artículo 89. Celebración de eventos y otras actuaciones.
Artículo 89. Celebración de eventos y otras actuaciones.
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1. La Sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, como lugar de encuentro de los ciudadanos, estará abierta a la celebración de eventos y a otras actuaciones de carácter público o privado.
2. La celebración de cualquier evento o el desarrollo de cualquier actuación en la Sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, deberá contar con la conformidad previa de la consejería competente en materia de Presidencia y respetar, además de lo dispuesto en los artículos anteriores, la normativa aplicable por el nivel de protección y el uso actual del edificio.
3. No se podrá autorizar la celebración de eventos ni actuaciones que puedan perjudicar o resultar incompatibles con la neutralidad, la pluralidad, la concordia, el respeto a la verdad y a la historia, la imagen institucional de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, su significado actual, o que puedan generar confusión sobre la Real Casa Correos como Sede de la Presidencia.
- Modificación realizada (89 (apdos. 2 y 3, se levanta su suspensión) por Pleno. Auto 84/2025, de 22 de julio de 2025. Recurso de inconstitucionalidad 2287-2025. Levanta la suspensión acordada en el recurso de inconstitucionalidad 2287-2025, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con el artículo 4 de la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid.
(BOE de 14-08-2025) en vigor desde 14-08-2025 - Modificación realizada (89 (apdos. 2 y 3, se suspenden)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 2287-2025, contra el artículo 4 de la Ley 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid, en cuanto añade los artículos 87, 88 y 89, apartados 2 y 3, a la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
(BOE de 11-04-2025) en vigor desde 11-04-2025 - Artículo modificado (89 (se añade)) por LEY 8/2024, de 26 de diciembre, de medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de la Comunidad de Madrid.
(M de 27-12-2024) en vigor desde 28-12-2024
