Articulo 89 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023
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»Artículo 89. Modificación de la Ley 3/2019, de los espacios agrarios
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Se modifica el apartado 3 del artículo 28 de la Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios, que queda redactado del siguiente modo:
«3. Transcurridos tres meses desde la declaración de parcela agrícola y ganadera en desuso, si se mantienen las circunstancias que motivaron la declaración, se entiende incumplida la función social del uso de la tierra y, dado que se infrautiliza, la parcela pasa a formar parte, de forma definitiva, del Registro de parcelas agrarias y ganaderas en desuso, y puede comportar la expropiación forzosa temporal del derecho de usufructo de la parcela, de acuerdo con la normativa en materia de expropiación forzosa.»
