Articulo 89 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la m...on la Administración
Articulo 89 Medidas de si...nistración

Articulo 89 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 89. Modificación de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de prevención y asistencia en materia de drogas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Ley 4/1997, de 9 de julio, de prevención y asistencia en materia de drogas, queda modificada como sigue:

Único. Se modifica el artículo 17.1.a) y b), que queda redactado como sigue:

«1. Los Centros de Atención a las Adicciones se clasifican conforme a la siguiente tipología:

a) Comunidades Terapéuticas: Son Centros especializados en la atención a las personas con problemas de adicciones, con carácter residencial, donde se realizan actividades de prevención, asistencia sanitaria que incluye diagnóstico, tratamiento y deshabituación, además de rehabilitación e incorporación social. Pueden contar con una Unidad de Desintoxicación Residencial.

b) Centros de Desintoxicación Residencial: Centros especializados en la atención a las personas con problemas de adicciones, con carácter residencial, que ofrecen asistencia sanitaria para la desintoxicación de sustancias.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024