Articulo 89 Normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas
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»Norma 89.ª Desarrollo normativo.
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Se faculta al Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire para desarrollar la normativa correspondiente a los emblemas de las especialidades fundamentales, complementarias y otros emblemas especiales del Ejército del Aire, en lo referente a su composición, colocación y uso, de acuerdo con lo dispuesto de este capítulo.
