Articulo 89 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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Artículo 89. Régimen especial del municipio de Barcelona.

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El municipio de Barcelona dispone de un régimen especial establecido por ley del Parlamento. El Ayuntamiento de Barcelona tiene iniciativa para proponer la modificación de este régimen especial y, de acuerdo con las leyes y el Reglamento del Parlamento, debe participar en la elaboración de los proyectos de ley que inciden en este régimen especial y debe ser consultado en la tramitación parlamentaria de otras iniciativas legislativas sobre su régimen especial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006