Artículo 9 Adaptación Normativa de la Comunidad de Madrid a la nueva terminología para referirse a las personas con discapacidad
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»Artículo noveno. Modificación de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid
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La letra i) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, queda redactada de la siguiente manera:
"i) La promoción de las actividades físicas y del deporte de las personas con discapacidad como forma de integración social y de terapia, facilitando las condiciones necesarias de acceso a las instalaciones deportivas para la práctica deportiva, así como las condiciones de acceso como espectadores a las mismas".
