Articulo 9 Apoyo a las familias
Artículo 9. Prestaciones económicas y ayudas.
1. El Gobierno debe adoptar medidas económicas para favorecer la natalidad y la calidad de vida de las familias. A tales efectos, se establecen las ayudas económicas siguientes:
a) Prestación económica sometida al nivel de ingresos de la unidad familiar para familias en las que se ha producido un nacimiento, una adopción, una tutela o un acogimiento.
b) (Derogado)
c) Ayudas por adopción y acogida.
d) Ayudas para la aplicación de técnicas de reproducción asistida.
e) Ayudas por niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales.
f) Prestación económica por persona en situación de dependencia a cargo.
g) Ayudas para la adquisición, rehabilitación y promoción de viviendas.
h) Ayudas para arrendatarios.
2. Las prestaciones económicas establecidas por el apartado 1 son compatibles con la percepción de las prestaciones análogas que establezcan la Administración del Estado o las administraciones locales de Cataluña.
- Modificación realizada (9 (apdo. 1.a), se modifica; apdo. 1.b), se deroga)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-09-2020 - Modificación realizada (9 (apdos. 1.a) y 1.b), se dejan sin efecto durante 2020)) por LEY 4/2020, de 29 de abril, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2020.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Modificación realizada (9 (apdos. 1.a) y 1.b), se dejan sin efecto durante 2017)) por LEY 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017.
(DOGC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017 - Modificación realizada (9 (apdos. 1.a) y 1.b), se dejan sin efecto durante 2015)) por LEY 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015.
(DOGC de 13-03-2015) en vigor desde 14-03-2015 - Modificación realizada (9 (apdos. 1.a) y 1.b), se dejan sin efecto durante 2014)) por LEY 1/2014, de 27 de enero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2014.
(DOGC de 30-01-2014) en vigor desde 31-01-2014 - Modificación realizada (9 (apdo. 1.a), se deja sin efecto durante 2012)) por LEY 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2012.
(DOGC de 27-02-2012) en vigor desde 28-02-2012 - Artículo modificado por LEY 6/2011, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2011.
(DOGC de 29-07-2011) en vigor desde 30-07-2011