Articulo 9 Aproximación de las legislaciones relativas al mantenimiento de derechos de trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o sus partes
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»Artículo 9
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Los Estados miembros introducirán en su ordenamiento jurídico interno las medidas necesarias para permitir que los trabajadores y los representantes de éstos, que se consideren perjudicados por el incumplimiento de las obligaciones que se derivan de la presente Directiva, hagan valer sus derechos por la vía jurisdiccional, tras un eventual recurso a otras instancias competentes.
