Articulo 9 Asistencia jurídica de Murcia

Articulo 9 Asistencia jurídica de Murcia

Ver Indice
»

Artículo 9.- Ejercicio de la función contenciosa.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Como regla general, las actuaciones de representación y defensa en juicio corresponderán a los Letrados de la Comunidad Autónoma, si bien el Director de los Servicios Jurídicos podrá avocar para sí esta función cuando la índole del asunto lo haga conveniente y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 1.2 y 4.5 de esta Ley.