Articulo 9 Asociaciones de C. Valenciana
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»Artículo 9. Protección de datos de carácter personal
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1. Todos los ficheros de la asociación deberán cumplir la normativa de protección de datos de carácter personal.
2. La Generalitat adoptará medidas de promoción y difusión de la normativa de protección de datos de carácter personal en el ámbito de las asociaciones para facilitar su conocimiento de los aspectos legales y técnicos de la normativa y favorecer así su cumplimiento.
