Articulo 9 Autorización d...sanitarios

Articulo 9 Autorización de centros y servicios sanitarios

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Artículo 9. Trámite de audiencia.

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Recibidos los informes solicitados o superados los plazos concedidos para emitirlos, salvo en los supuestos de informes preceptivos que sean determinantes para la resolución del procedimiento, se dará inicio al trámite de audiencia por un plazo de diez días en la forma dispuesta en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.