Articulo 9 Autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor en Mallorca
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»Artículo 9. Distintivos
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De acuerdo con el Decreto 58/2016, de 16 de septiembre, por el que se regula el distintivo de identificación de los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor en la comunidad autónoma de las Illes Balears, los vehículos autorizados llevarán en todo momento, en un lugar visible, el distintivo proporcionado y sellado por la Dirección General de Movilidad y Transportes, con la matrícula, el DNI o el CIF del titular de la autorización y la vigencia.
Este distintivo llevará la denominación vlc-TM y cambiará cada año de color para que se pueda distinguir con facilidad de los distintivos de las VTC de ámbito nacional.
