Artículo 9 básica de normalización del uso del Euskera
Ver Indice
»Artículo 9.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En sus relaciones con la Administración de Justicia, todo ciudadano podrá utilizar la lengua oficial de su elección, sin que se le pueda exigir traducción alguna.
2. Los escritos y documentos presentados en euskera, así como las actuaciones judiciales, serán totalmente válidos y eficaces.
3. El Gobierno Vasco promoverá de acuerdo con los órganos correspondientes, la normalización del uso del euskera en la Administración de Justicia en el País Vasco.
