Articulo 9 Capitalidad de Palma
Artículo 9
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El gobierno municipal actúa según los principios de eficacia, eficiencia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación como criterios esenciales de su organización. Se diferencian las funciones deliberantes de ordenación, programación y control de las funciones ejecutivas de gobierno y de administración, y se presta especial atención a la participación ciudadana.
El Ayuntamiento de Palma de Mallorca, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, se rige por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en la Ley de bases de régimen local, la Ley municipal y de régimen local de las Illes Balears, en esta Ley de capitalidad y en su normativa de desarrollo.
