Articulo 9 certificado Programa de autoformación para el personal al servicio de la Administración pública, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional, de la Administración de justicia, de las entidades locales y de PAS del SUG
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»Novena. El certificado de equivalencia
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1. Las personas que superen la prueba de evaluación obtendrán el correspondiente certificado de equivalencia.
2. Este certificado equivale a un certificado de aprovechamiento por las horas previstas en la correspondiente actividad del programa de autoformación. Estas actividades formativas se valorarán conforme establezcan las bases de los concursos que convoque, en su día, la Dirección General de la Función Pública.
