Articulo 9 la Consejería de Salud y Servicios Sociales, por la que se regula el procedimiento de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia en la Comunidad Autónoma de La Rioja
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»Artículo 9. Resolución.
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A la vista del dictamen de valoración y de la propuesta de resolución, la Dirección General competente para el reconocimiento del grado y nivel de dependencia dictará la correspondiente resolución que se notificará al interesado y que incluirá:
El reconocimiento de la situación de dependencia.
El grado y nivel de dependencia de la persona solicitante.
Los servicios y prestaciones que corresponden al grado y nivel de dependencia, de acuerdo con el Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre intensidades de protección de los servicios y cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Plazo de revisión del grado o nivel de dependencia, si procede.
