Articulo 9 Consejo Consultivo de C León

Articulo 9 Consejo Consultivo de C. León

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Artículo 9. Funciones del Presidente del Consejo Consultivo.

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Corresponderá al Presidente del Consejo Consultivo:

a) Ostentar la representación del Consejo.

b) Autorizar con su firma los dictámenes emitidos por el Consejo.

c) Presidir, convocar y fijar el orden del día de las sesiones.

d) Organizar y dirigir los servicios generales del Consejo.

e) Presentar la memoria anual ante la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León.

f) Aquellas otras funciones que se le atribuyan en la presente ley y en el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo.