Articulo 9 de se convocan las acciones formativas de actualización y especialización dirigidas a funcionarios de los Cuerpos de Policía Local para 2026 de la Comunidad de Madrid
Noveno. Criterios de admisión y selección de participantes
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1. La selección de participantes se efectuará, entre quienes cumplan las condiciones generales y específicas de participación en cada acción formativa, atendiendo preferentemente a la necesidad de la formación para el desempeño del puesto de trabajo y conforme a los siguientes criterios mínimos:
- Priorización en la selección de la acción formativa.
- Antigüedad en la categoría.
- Participación igualitaria de municipios.
- Necesidades manifestadas en el formulario de detección de necesidades de formación de los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid para el año 2026.
- Orden de inscripción en el Plan.
2. No podrán ser admitidos a las acciones formativas:
- Los funcionarios de carrera que se encontrasen, en el último día del plazo de presentación de instancias, en situación de suspensión firme de funciones.
- Los funcionarios de carrera que se encuentren realizando, de forma presencial, alguna formación en el IFISE en el momento de la celebración de la acción formativa para la que fuera seleccionado.
3. Cuando, tras la valoración de las inscripciones recibidas, se observe una participación significativamente desigual entre sexos, en el primer llamamiento de personas convocadas para la acción formativa se garantizará la inclusión de, al menos, un 15 % de integrantes del sexo menos representado, siempre que existan aspirantes de dicho sexo que cumplan los requisitos de la convocatoria. Esta medida se aplicará exclusivamente al primer llamamiento efectuado para la acción formativa correspondiente y no será de aplicación en eventuales llamamientos posteriores destinados a cubrir vacantes o sustituciones dentro de la misma edición.
4. Los participantes seleccionados deberán confirmar su asistencia o comunicar su renuncia al menos con ocho días hábiles de antelación al inicio del curso. Este plazo no aplicará a los alumnos convocados en condición de suplentes, que deberán comunicar su asistencia o renuncia con una antelación de cuatro días hábiles al inicio del curso, excepto que entre el llamamiento y el inicio del curso medie un período de tiempo inferior, en cuyo caso deberá hacerlo a la mayor brevedad posible a los efectos de que en caso de renuncia sea posible su sustitución.
5. Una vez efectuada la selección, en caso de que por exigencias del servicio resultara imprescindible la permanencia del personal seleccionado en su puesto de trabajo durante la celebración de la acción formativa, su superior jerárquico deberá remitir al IFISE, con copia al interesado, al menos cinco días hábiles antes de su inicio, el correspondiente informe denegatorio, debidamente motivado.
6. Para las acciones formativas que corresponda y a efectos de seleccionar los candidatos, la Dirección de General de Seguridad podrá disponer la realización de una prueba de acceso teórica y/o práctica que se determine por el IFISE.
