Articulo 9 el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja
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»Artículo 9. Adscripción.
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El Registro de Parejas de Hecho de La Rioja se adscribe a la Dirección General con competencias en materia de justicia del Gobierno de La Rioja, que asumirá las funciones de coordinación, información y aprobación de las directrices comunes sobre el procedimiento de inscripción y gestión del Registro.
