Artículo 9. DECRETO 26/2026, de 25 de marzo, Madrid
Artículo 9. Presentación de las comunicaciones y declaraciones responsables.
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1. El obligado presentará la comunicación o, en su defecto, la declaración responsable, simultáneamente al inicio de la actividad, o simultáneamente al cese o la modificación de cualquiera de sus datos contenidos en la inscripción, a través del modelo normalizado que se recoge en el anexo y que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. La presentación de una comunicación o de una declaración responsable será condición única y suficiente para que se tramite la inscripción del obligado en el Registro.
2. Las comunicaciones y las declaraciones responsables se podrán presentar telemáticamente en el Registro electrónico de la Comunidad de Madrid, así como en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Alternativamente, y únicamente para las personas físicas que, en virtud del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, no estén obligadas a relacionarse con las Administraciones públicas a través de medios electrónicos, se podrá presentar presencialmente en los registros de la consejería competente en materia de Sanidad, y en los demás lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación" o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
