Articulo 9 la que se desa...lla y León

Articulo 9 la que se desarrolla el Decreto 1/2012, de 12 de enero, por el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León

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Artículo 9. Resolución del procedimiento de autorización.

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1. El plazo para resolver y notificar al interesado la resolución motivada de autorización o no del aprovechamiento solicitado será de tres meses desde que tiene entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. El transcurso de dicho plazo máximo sin resolver y notificar habilita al interesado para entender otorgada la autorización por silencio administrativo.

2. El órgano competente para resolver el procedimiento de autorización es el titular del Servicio Territorial competente en materia de montes de la provincia en la que radiquen las parcelas objeto de solicitud.

3. En los supuestos en los que la solicitud se refiera a montes gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León se dictará resolución desestimatoria.

4. La notificación de la resolución se practicará en el lugar indicado por el interesado como preferente en la solicitud, ya sea en el domicilio señalado o bien mediante avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a través del correo electrónico indicado. Dichos avisos no tendrán, en ningún caso, los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

El acceso electrónico de los interesados al contenido de dichas notificaciones implica su consentimiento para ser notificado por medios electrónicos y producirá los efectos de una notificación por comparecencia, tal y como establecen los artículos 28.1 y 5 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

En caso de no acceder al documento se procederá a su notificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.