Articulo 9 desarrolla la Ley Foral 20/2003 -Familias Numerosas-
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»Artículo 9. Ayudas.
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1. El Departamento competente en materia de salud establecerá compensaciones económicas o ayudas para gastos sanitarios de las familias numerosas por los siguientes conceptos:
Por tratamientos de ortodoncia: hasta los 18 años.
Para prótesis auditivas: desde los 16 a los 18 años.
Por prescripciones ópticas (gafas) hasta los 18 años.
2. La gestión y tramitación de estas compensaciones o ayudas corresponderá al Departamento competente en materia de asuntos sociales, debiendo el Departamento competente en materia de salud facilitar la asistencia técnica y administrativa necesaria, así como el presupuesto previamente asignado.

