Articulo 9 Desarrollo de la Ley 4/2007, de coordinación de policías locales, en materia de uniformidad, acreditación y medios técnicos
- Norma vigente hasta el 5 de marzo de 2023. - DECRETO 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.
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»Artículo 9. Dotación y renovación de la uniformidad.
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1. El ayuntamiento del que dependa el personal de los cuerpos de policía local dotará a éste de la uniformidad correspondiente para la mejor prestación del servicio, estando obligado a proceder a la renovación de la uniformidad cuando, por el estado o características de cada prenda, sea conveniente o necesario.
2. En cualquier caso, se deberá proceder a su renovación en los supuestos de deterioro, rotura, pérdida o cambio de color, o cualquier otra circunstancia semejante, derivada o no de la prestación del servicio.
