Articulo 9 Economía Social de Aragón

Articulo 9 Economía Social de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 9. Fomento de la economía social.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Gobierno de Aragón reconoce de interés general y social la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de economía social y de sus organizaciones representativas, e impulsará fórmulas de colaboración público-privadas y el asociacionismo.

2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y las entidades integrantes del sector público autonómico fomentarán y difundirán la economía social en el ámbito territorial de Aragón respetando los objetivos previstos en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, y los señalados en el artículo anterior.

3. El Gobierno de Aragón impulsará la integración de las políticas de fomento de la economía social con las desarrolladas en las diferentes áreas de gestión, en especial las de desarrollo rural, emprendimiento económico, fomento del empleo, prestación de servicios sociales, dependencia e inclusión social, procurando la efectiva coordinación entre departamentos y organismos dependientes de la Administración autonómica.

4. Las correspondientes actuaciones se coordinarán por el departamento competente en materia de economía social, con el asesoramiento del Consejo Aragonés de la Economía Social, y sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos en función de la actividad empresarial que desarrollen las entidades de economía social.

5. La Administración local, las universidades y el conjunto de entidades públicas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón procurarán la promoción de la economía social dentro de sus actuaciones.

6. Asimismo, se promoverá la implicación de las entidades privadas y ciudadanos en general en la labor de promoción y fomento de la economía social en Aragón mediante la formalización de los instrumentos de colaboración necesarios.

7. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y las entidades integrantes del sector público impulsarán actividades de formación tendentes a perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la economía social a los funcionarios de la Administración autonómica y local, así como a asesorías y otros prescriptores externos a la Administración.