Articulo 9 Empresas de turismo activo -Derogado-
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»Artículo 9. Obligaciones del usuario.
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Los usuarios deberán, en todo momento, seguir las instrucciones que reciban de los monitores, guías e instructores, así como utilizar el material indicado por ellos, pudiendo las empresas negarse a prestar sus servicios si se incumplen estas obligaciones o el usuario no reúne las condiciones físicas requeridas para la práctica de la actividad de que se trate.
