Articulo 9 Equipo de segu... de recreo

Articulo 9 Equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo

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Artículo 9. Señales de socorro.

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Las embarcaciones de recreo, en función de la zona en la que se encuentren navegando, deberán disponer de las señales de socorro indicadas en la siguiente tabla:

Clase de señal

Zona

1

Zonas

2 3

Zona

4

Zonas

5 6

Bengalas de mano.

6

6

3

3

Cohetes con luz roja y paracaídas.

6

6

3

-

Señales fumígenas flotantes.

2

1

-

-