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Artículo 9 espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía

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Artículo 9. Funciones del Gabinete Técnico de Espacios Productivos de Andalucía.

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El gabinete técnico desempeñará, entre otras, las siguientes funciones:

a) Asesorar y cooperar con las entidades locales en el diseño e implementación de la política local en materia de espacios productivos, y en particular en lo referente a sus modelos de intervención para la regeneración del espacio productivo.

b) Implementar un sistema de evaluación y seguimiento de la adecuación de los espacios productivos a las necesidades de las empresas industriales y de las personas trabajadoras usuarias de las mismas, así como de los instrumentos regulados a través de la presente ley, que en particular ofrezca sus resultados en el marco de la Comisión de la Industria y los Espacios Productivos de Andalucía prevista en el artículo 18 de esta ley.

El sistema de evaluación y seguimiento se basará en un modelo de datos de los espacios productivos, que abarcará, al menos, aspectos como el grado de implantación industrial, el consumo energético, la movilidad o las formas de utilización del espacio, entre otros, con el objeto de integrarlo en los sistemas de ciudad inteligente, considerando la clasificación de los espacios productivos en cuanto a los niveles, especializaciones y etiquetas reguladas en la presente ley. El modelo considerará la familia de normas UNE 178 sobre estándares para ciudades y territorios inteligentes.

c) Coordinar la búsqueda y fomento de sinergias entre los actores de los ecosistemas industriales que se desarrollan en los diferentes espacios productivos, y especialmente en lo referente a los procesos de simbiosis industrial.

d) Colaborar con las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía en el impulso al desarrollo de la industria en Andalucía, mediante el uso industrial del suelo en espacios productivos asequibles y accesibles para las empresas y las personas trabajadoras.

e) Coordinar la intervención de otras unidades administrativas u operativas de ámbito autonómico en relación con las infraestructuras, dotaciones y servicios que se prestan en el ámbito de los espacios productivos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Consejería competente en materia de Economía, así como a la competencia material de entre las atribuidas a la Consejería de Fomento.

f) Promover, en colaboración con las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía, la mayor implicación del tejido empresarial local en la gestión y desarrollo de los espacios productivos, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales, y en particular colaborar con las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía para impulsar, asesorar y acompañar a la constitución de entidades de gestión y modernización de las previstas en el artículo 73 de esta ley y, en su caso, la subrogación prevista en su disposición transitoria segunda.

g) Colaborar y prestar apoyo a las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía para abordar el diseño, implantación, seguimiento y evaluación de los planes directores de los polígonos industriales, y en su caso de los planes de actuación de las entidades de gestión y modernización previstos en el artículo 76 de esta ley.

h) Impulsar la aplicación de la clasificación de los polígonos industriales, así como la colaboración que en dicho ámbito se realice por parte de la Consejería competente en materia de industria para su desarrollo, actualización y puesta en valor de los polígonos industriales clasificados.

i) Coordinar la promoción, desarrollo y seguimiento de los instrumentos de financiación y apoyo económico que se dirijan a la regeneración del espacio industrial y a su mejor integración en la ciudad.

j) Promover, en colaboración con las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía, la aplicación del modelo de ciudad compacta y la Nueva Bauhaus Europea en la relación de los espacios productivos y la estrategia de ciudad, incluyendo el impulso a los modelos de integración de los espacios productivos en la ciudad inteligente, así como la identificación de iniciativas en los espacios productivos para la integración espacio productivo-ciudad.

k) Promover la evolución de los espacios productivos hacia el modelo de espacios sostenibles, fomentando la transición justa a través de la eficiencia energética, la movilidad sostenible, la simbiosis industrial, la adaptación a los impactos del cambio climático y la eficiencia en el uso de los recursos, incluidos los recursos hídricos y energéticos a través de las energías renovables y el uso de combustibles o vectores energéticos alternativos a los basados en fuentes energéticas fósiles.

l) Gestionar el Catálogo de espacios productivos de Andalucía, así como colaborar con la actividad Espacios Productivos de Andalucía (ESPAND) para ofrecer información de los espacios productivos andaluces, sus infraestructuras y las empresas instaladas en ellos, integrando, sobre la cartografía oficial de la Junta de Andalucía, la información procedente del Directorio de Empresas y Establecimientos con Actividad Económica en Andalucía, las direcciones postales del Callejero Digital de Andalucía Unificado, la base de datos cartográfica y alfanumérica de la Dirección General de Catastro, la capa de espacios productivos de los Datos Espaciales de Referencia de Andalucía, así como información sobre infraestructuras proporcionada por las empresas de suministros energéticos, hídricos o de telecomunicaciones.

m) Identificar y divulgar las oportunidades tecnológicas para el desarrollo de los sistemas productivos locales a través de los espacios productivos, con el impulso de proyectos piloto y difusión de las mejores prácticas.

n) Divulgar y gestionar el catálogo de entidades proveedoras de soluciones inteligentes y sostenibles.

ñ) Impulsar el desarrollo de los planes específicos de actuación de los espacios productivos de Andalucía en colaboración con las oficinas locales de espacios productivos de Andalucía y las Consejerías competentes de la Administración de la Junta de Andalucía en relación con dichos planes.

o) Otras que contribuyan al desarrollo y mejora de los espacios productivos andaluces a través de los instrumentos e iniciativas incluidas en la presente ley.