Articulo 9 General de protección del medio ambiente
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»Artículo 9. Comisión Ambiental del País Vasco.
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La Comisión Ambiental del País Vasco, órgano de naturaleza consultiva adscrito al Departamento responsable del área de medio ambiente, se configura como un órgano de relación, participación y coordinación de las distintas Administraciones que en materia de medio ambiente actúan en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
