Articulo 9 Gobierno de Ar... de Aragon

Articulo 9 Gobierno de Aragon, por el que se regula la autorizacion de Publicidad Sanitaria de la Comunidad Autonoma de Aragon

Ver Indice
»

Artículo 9. -Autorización.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Corresponde al Director del Servicio Provincial competente por razón del domicilio del anunciante o del ámbito territorial de la publicidad, otorgar la autorización administrativa de aquellos mensajes publicitarios que, de manera total oparcial, tengan su ámbito de influencia en la provincia.

2. La autorización concedida por un Servicio Provincial, tendrá validez y eficacia en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.