Articulo 9 Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero THB
Artículo 9.-Contribuyentes y demás obligados tributarios.
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1. En los supuestos comprendidos en el apartado 1 del artículo 6, son contribuyentes del impuesto las personas físicas o jurídicas y entidades a las que se refiere el artículo 34.3 de la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia, que realicen la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de los gases objeto del impuesto.
Se considerarán importadores quienes ostenten dicha condición conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2. No obstante lo anterior, en los supuestos del apartado 4 del artículo 8, son contribuyentes del impuesto los almacenistas de gases fluorados.
3. En los casos de tenencia irregular de los gases objeto del impuesto será contribuyente quien posea, comercialice, transporte o utilice dichos gases.
4. En los supuestos de irregularidades en relación con la justificación del uso o destino dado a los gases objeto del impuesto que se han beneficiado de una exención en razón de su destino, estarán obligados al pago del Impuesto y de las sanciones que pudieran imponerse los contribuyentes, en tanto no justifiquen la recepción de los productos por el adquirente facultado para recibirlos mediante la aportación de la declaración previa a la que se refiere el artículo 7; a partir de tal recepción, la obligación recaerá sobre los adquirentes.
- Modificación realizada (9) por DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
(BI de 25-05-2023) en vigor desde 01-09-2022 - Artículo modificado (9 (apdo. 1; apdo. 3 se añade)) por DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2015, de 2 de febrero, por el que se modifican la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero y la Norma Foral 1/2011, de 24 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
(BI de 09-02-2015) en vigor desde 10-02-2015
