Articulo 9 Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes -IGOMCAA-
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Articulo 9 Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes -IGOMCAA-

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Artículo 9. Vigencia.

Vigente

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1. Los POM/PTOM tendrán, al menos, la vigencia establecida en el Plan especial sobre la base de la ordenación proyectada, pudiendo ser revisados una vez transcurrido dicho período.

2. Los PTOS tendrán una vigencia de 10 años, pudiendo ser revisados una vez transcurrido dicho período.

3. Las AMGF tendrán la vigencia que se establezca para cada modelo-tipo.