Articulo 9 Medidas de apoyo al sector agrario afectado por la sequía y otras medidas económicas y administrativas
Ver Indice
»Artículo 9. Dotación presupuestaria.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
9.1 El importe máximo correspondiente al pago de estas ayudas para cada línea de ayudas es el siguiente:
a) Para las ayudas del artículo 2: 6.360.000,00 euros.
b) Para las ayudas del artículo 3: 3.400.000,00 euros.
c) Para las ayudas del artículo 4: 6.000.000,00 de euros.
d) Para las ayudas del artículo 5: 2.000.000,00 de euros.
La convocatoria correspondiente puede determinar la distribución de estas ayudas.
9.2 El importe máximo destinado a esta ayuda se puede ampliar mediante resolución de la persona titular del órgano concedente, de acuerdo con el crédito disponible en la partida presupuestaria.
