Articulo 9 Medidas extrao...o de Salud

Articulo 9 Medidas extraordinarias dirigidas a garantizar la asistencia sanitaria integral y en condiciones de equidad en el Sistema Valenciano de Salud

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Artículo 9. Estructura directiva y gobernanza de las agrupaciones sanitarias interdepartamentales

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1. Las ASI contarán con un comité directivo propio, del que formará parte el personal directivo de los departamentos integrados. Asimismo, se designará una dirección gerencia de la ASI, por resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad, entre las personas que ostenten la gerencia de los departamentos integrados, y se constituirán un consejo clínico-asistencial con funciones consultivas y un consejo social con funciones consultivas y de participación.

2. De forma excepcional, justificada y mediante resolución de la persona titular de la conselleria competente en materia de sanidad podrá nombrarse una adjuntía a la gerencia en las ASI.

3. Los departamentos de Salud mantendrán su estructura existente propia, unidades de dirección y de gestión, así como los servicios que conformen su cartera de servicios.

4. Mediante orden de la persona titular de la conselleria competente en materia de sanidad se desarrollará la estructura, funcionamiento y régimen de coordinación entre los distintos centros integrados en las ASI, con el objetivo de asegurar una adecuada y homogénea implementación.

5. Por resolución de la persona titular de la conselleria con competencias en materia de sanidad podrán establecerse mecanismos de coordinación entre distintas ASI que garanticen el acceso equitativo y próximo a la cartera de servicios vigente en el Sistema Valenciano de Salud. Dicha resolución requerirá informe favorable previo del órgano superior o directivo con competencias en materia de planificación sanitaria.

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