Artículo 9 Medidas para l... de Madrid

Artículo 9 Medidas para la mejora de la gestión pública en el ámbito local y autonómico de Madrid

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Artículo 9. Modificación de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid

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Se adiciona un apartado 4 al artículo 77, con la siguiente redacción:

«4. Se asigna al Consejo de Transparencia y Protección de Datos el ejercicio, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, de las funciones que la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, atribuye en su artículo 43 a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

En cuanto al ejercicio de la potestad sancionadora prevista en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, la actuación del Consejo de Transparencia y Protección de Datos como Autoridad Independiente se limitará exclusivamente a las infracciones cometidas en el ámbito del sector público autonómico y local del territorio de la Comunidad de Madrid. Corresponderá al presidente del Consejo de Transparencia y Protección de Datos acordar la incoación y dictar resolución en los procedimientos en materia sancionadora».