Articulo 9 Medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios
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»Artículo 9. No integración de los bienes objeto de suministro en el patrimonio de las administraciones públicas.
Vigente
(DEROGADO)
En ningún caso el material de defensa, cuyo suministro fuere contratado por el Ministerio de Defensa, al que hace referencia el artículo 8.1 pasará a formar parte del patrimonio de las administraciones públicas.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes deliberalización del comercio y de determinadosservicios.
(BOE de 27-12-2012) en vigor desde 28-12-2012