Articulo 9 Modelo 159 de ... eléctrica

Articulo 9 Modelo 159 de declaración anual de consumo de energía eléctrica

  • Las modificaciones realizadas a esta norma por la Orden Foral 87/2024, de 17 de septiembre, serán aplicables, por primera vez, a la declaración correspondiente al ejercicio 2024, que se presentará en el mes de febrero de 2025.
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Artículo 6. Reglas aplicables al suministro informativo en el modelo 159 en el supuesto de que existan varios titulares.

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Exclusivamente a los efectos del suministro informativo de los consumos de energía eléctrica en el modelo 159, en aquellos supuestos en que existan durante el año natural varios titulares de contrato de suministro eléctrico correspondiente a un mismo Código Universal del Punto de Suministro (CUPS), los obligados tributarios deberán realizar el citado suministro informativo individualizando los datos correspondientes a cada uno de los titulares de cada contrato.