Articulo 9 Modelo S-90 de autoliquidación 2012 del IS y del IRnR correspondiente a establecimientos permanentes y normas para la presentación de las declaraciones
Artículo 9. Procedimiento para la presentación telemática por Internet, desde el formulario Web, de las declaraciones correspondientes a los sujetos pasivos que tributen a ambas Administraciones y apliquen la normativa de régimen común.
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Copiloto jurídico
El procedimiento para la presentación telemática por Internet, desde el formulario Web, de las declaraciones correspondientes a sujetos pasivos que, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, tributen a ambas Administraciones y apliquen la normativa de régimen común será el siguiente.
1.º Acceder al servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.
2.º Seleccionar el modelo de la declaración a realizar, cumplimentando todos los datos necesarios para poder presentar la declaración.
3.º Una vez cumplimentada la declaración, utilizar la opción de enviar. El sistema validará la declaración cuando ésta sea correcta. Cuando se detecten errores se comunicarán a través del formulario y no se permitirá presentar la declaración hasta que sean corregidos. Una vez que la declaración sea correcta, el sistema comunicará el número asignado a la declaración presentada, y la posibilidad de imprimirla para obtener un justificante de la misma.
Disposición final única
Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 17 de abril de 2013.
-La Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, Lourdes Goicoechea Zubelzu.
