Articulo 9 Normas sobre el uso del fuego y el ejercicio de actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendio forestal
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»Artículo 9. Contrafuegos
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Se exceptúan de las prohibiciones contenidas en este título las técnicas de extinción mediante el uso de contrafuegos, de conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
