Articulo 9 Obras Públicas y Transportes, sobre determinación de los precios máximos de las viviendas de protección oficial
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»Artículo 9. Precio base de las viviendas de protección oficial de régimen general edificadas propiedad plena.
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a. En los municipios incluidos en el anexo I: 1.629,31 euros/m² útil.
b. En los municipios incluidos en el anexo II: 1.576,40 euros/m² útil.
c. En el resto de municipios: 1.424,03 euros/m² útil.
d. El precio máximo por m² útil de los anejos resultará de multiplicar por 0,4 el precio base.
