Articulo 9 Presidencia de la Generalitat y Gobierno
Ver Indice
»Artículo 9. Incompatibilidades.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La presidencia de la Generalidad es incompatible con cualquier función pública que no se derive del ejercicio del cargo, a excepción de la condición de diputado o diputada al Parlamento.
2. Amén de lo dispuesto en el apartado 1, se aplica al presidente o presidenta de la Generalidad la legislación vigente en materia de incompatibilidades de los altos cargos al servicio de la Generalidad, en los términos que ésta determina.
